DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 12210
FAX Nro. 2282-5347
5 de diciembre, 2011
DFOE-DL-1105
Señora
Marianela Lobo Cabezas
Presidenta Concejo Municipal
MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
Estimada señora:
Asunto: Atención de solicitud de revisión del criterio emitido referente
al incremento de dietas para los miembros del Concejo
Municipal.
Por medio del oficio MSA-PCM-01-70-2011, recibido el pasado 21 de
noviembre, se pone en conocimiento de este Órgano Contralor el acuerdo tomado
por el Concejo Municipal de Santa Ana, mediante el artículo II de la sesión ordinaria
Nro. 79, celebrada el 1 de noviembre del año en curso, en el sentido de que: “En
relación con el oficio 07231, (…), nos permitimos solicitar respetuosamente una
revisión de lo dispuesto en dicho oficio, lo anterior en virtud de que es necesario
para este Concejo Municipal definir la posibilidad de reajustar y traer a valor actual
las dietas de los Regidores y Síndicos Municipales.” Acompañan a la gestión citada,
el oficio MSA-DH-01-068-2011, de fecha 18 de octubre del 2011, suscrito por el
Director de Hacienda y Presupuesto de esa Municipalidad, en el cual se expone el
impacto que tendría traer a valor actual las dietas.
Una vez revisada la información suministrada, este Despacho reitera lo
indicado en su oficio Nro. 07231, dado que no se aportan nuevos elementos de
corte jurídico que permitan variar la posición ahí indicada.
Sobre el particular, es criterio de este Órgano Contralor que el asunto tratado,
a saber, el incremento en las dietas de los regidores y los síndicos municipales,
tiene en la legislación pertinente el suficiente desarrollo para determinar la
procedencia o no de un incremento. Desd ...
Fecha publicación: 15/12/2011
Fecha emisión: 05/12/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 10560
26 de octubre de 2011
DJ-1187-2011
Señora
Marianela Lobo Cabezas
Presidente Concejo Municipal
Municipalidad de Santa Ana
Fax: 2282-5347
Estimada señora:
Asunto: Se rechaza gestión consultiva caso concreto. Se consulta sobre procedencia
de realizar contrato por servicios profesionales.
Se refiere este Despacho a su oficio número MSA-PCM-01-61- 2011 de fecha 13 de
octubre de 2011, recibido en este órgano contralor con fecha 14 de octubre del año en curso,
mediante el cual se transcribe acuerdo del Concejo Municipal en el que se decide por
unanimidad consultar a este órgano contralor si es procedente realizar un contrato por
servicios profesionales cuando existe un convenio vencido que no se renovó con las
condiciones establecidas.
A. Criterio del Despacho
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad
consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº
7428 del 4 de setiembre de 1994) y la Circular Nº CO-529 publicada en el diario oficial La
Gaceta Nº 107 del 5 de junio de 2000, el órgano contralor no tiene por norma referirse a
casos y situaciones concretas. 1
1 …“2. La Contraloría General de la República evacuará las consultas en forma escrita, siempre que
versen sobre materias propias de sus competencias constitucionales y legales v no traten sobre
situaciones concretas que debe resolver la institución solicitante….”
2
Este proceder, se funda en el interés de no sustituir a las entidades consultantes en la
solución o respuesta de asuntos propios de su competencia y evitar, además, el riesgo que
genera emitir un pronunciamiento en punto a situaciones o casos específicos cuyas
particularidades y detalles se desconocen, lo cual imposibilita rendir un criterio completo y
suficientemente i ...
Fecha publicación: 30/10/2011
Fecha emisión: 27/10/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 07231
8 de agosto, 2011
DFOE-DL-0630
Señora
Ana Virginia Guzmán Sibaja
Secretaria Concejo Municipal
MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
Estimada señora:
Asunto: Solicitud de criterio en torno al incremento del valor de las
dietas para los miembros del Concejo Municipal de Santa Ana.
Con el propósito de que lo haga del conocimiento de ese Concejo Municipal
en la sesión próxima inmediata al recibo de este documento, se atiende su oficio
MSA-SCM-01-183-2011 del 16 de junio del 2011, mediante el cual solicita a este
órgano contralor criterio en torno a “¿Cómo se puede traer a valor actual las dietas
de los regidores – es decir la base del artículo 30 del Código Municipal más todos
los aumentos de Ley – y con ello corregir la desvalorización de la dieta ocurrida
durante varios períodos?”.
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la
potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley
Orgánica (Ley Nro. 7428 del 4 de setiembre de 1994) y la Circular Nro. CO-529
publicada en el diario oficial La Gaceta Nro. 107 del 5 de junio de 2000 (disponible
en la página web www.cgr.go.cr), el órgano contralor no tiene por norma referirse a
casos y situaciones concretas.
Este proceder, se fundamenta en el interés de no sustituir a las entidades
consultantes en la solución o respuesta de asuntos propios de su competencia y
evitar, además, el riesgo que genera emitir un pronunciamiento en punto a
situaciones o casos específicos cuyas particularidades y detalles se desconocen, lo
cual imposibilita rendir un criterio completo y suficientemente informado.
Interesa señalar que en la Circular c ...
Fecha publicación: 19/08/2011
Fecha emisión: 08/08/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Dietas , viáticos y otros
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 05562
22 de junio de 2011
DJ-0667-2011
Licenciado
Mario Chan Jiménez
Auditor Interno
MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
Estimado señor:
Asunto: Consulta relacionada con la eventual aplicación de prohibición a servidores
municipales que son abogados pero que no laboran como tales y la posibilidad de pagarles
dedicación exclusiva.
Damos respuesta a su oficio N° MSA-AI-01-064-11, remitido el 29 de abril pasado,
mediante el cual formula al órgano contralor las siguientes dos inquietudes:
“1. En las municipalidades costarricenses los licenciados en derecho
(abogados) que son funcionarios municipales, pero que no trabajan ni están
nombrados como asesores legales o abogados municipales de los
departamentos de asesoría jurídica, ¿les aplica la prohibición de
conformidad con el artículo 244 de la Ley Orgánica del Poder Judicial?
2. A esos licenciados en derecho (abogados) que son funcionarios
municipales, pero que no trabajan ni están nombrados como asesores
legales (abogados municipales) ¿Es posible proceder a pagarles la
dedicación exclusiva?”
II
CCOONNSSIIDDEERRAACCIIOONNEESS PPRREEVVIIAASS
De previo a dar respuesta a las interrogantes planteadas, debe advertirse que en el ejercicio
de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica de
la Contraloría General de la República (Ley N° 7428 del 7 de septiembre de 1994) y la Circular N°
CO-529 del 26 de mayo de 2000 (publicada en el diario oficial La Gaceta N° 107 del 5 de junio de
2000), el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas.
-2-
Este proceder se funda en el interés, de no sustituir a las entidades consultantes en la
solución o respuesta de asuntos propios de su competencia y evitar, además, el riesgo que genera
emitir un pronunciamiento en punto a situaciones o casos específicos cuy ...
Fecha publicación: 25/06/2011
Fecha emisión: 22/06/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Prohibicion de Ejercicio Profesiones Liberales , Dedicacion Exclusiva , Funcionario de la Hacienda Publica, Deber de Probidad
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 03403
13 de abril, 2011
DJ-0417-2011
Licenciado
Mario Chan Jiménez
Auditor Interno
MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
Estimado señor:
Asunto: Se atiende consulta del auditor interno de la Municipalidad de Santa Ana
sobre quién es el jerarca municipal.
Damos respuesta a su oficio no. MSA-AI-048-2011 del 23 de marzo de 2011, mediante
el cual la auditoría interna de la Municipalidad de Santa Ana consulta sobre quien es el jerarca
municipal.
Sobre el particular, en virtud de nuestra potestad consultiva, consagrada en el artículo
29 de la Ley Orgánica de esta Contraloría General de la República, no. 7428 de 7 de setiembre
de 1994, atendemos la presente solicitud de criterio, teniendo en cuenta que su alcance tiene
efectos vinculantes en lo que se refiere a la materia objeto de nuestras competencias
constitucionales y legales. Así las cosas, a partir de lo anterior esta Contraloría General orienta
las acciones que debe atender la administración activa para la resolución de los casos concretos,
por ser ello de su competencia.
I. Antecedentes de la consulta
Señala la auditoría interna que de frente a lo manifestado por el órgano procurador en el
dictamen C-235-2010 del 22 de noviembre 2010, se indica que el máximo jerarca ya no lo es el
Concejo Municipal, sino que actualmente en forma simultánea el Concejo y el Alcalde integran
el “gobierno local” y juntos son el jerarca municipal y que no existe subordinación entre ambos.
Es por ello que plantea las siguientes inquietudes:
¿Los cambios en materia recursiva originados por la entrada en vigencia
del Código Procesal Contencioso Administrativo y las reformas de los
artículos 161 y 162 del Código Municipal, han variado el criterio de la
Contraloría General de la República en el sentido de que el máximo jerarca
es el Concejo Municipal y que el Alcalde es un titular subordinado? ...
Fecha publicación: 15/04/2011
Fecha emisión: 12/04/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Informes de Auditoria Interna a Jerarcas y Subordinados, Concejo Municipal, Alcalde y Vicealcaldes, Conflictos entre Auditoria Interna y Administración Activa, Jerarca, Jerarca
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 02076
2 de marzo de 2011
DJ-0241-2011
Señor
Mario Chan Jiménez
Auditor Interno
MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
Estimado señor:
Asunto: Se atiende consulta sobre dádivas, regalías u obsequios en la Administración Pública.
Se refiere este Despacho a su oficio número MSA-AI-04-238-10 de 20 de diciembre de 2010,
mediante el cual solicita criterio de esta Contraloría General sobre la procedencia de regalías a
funcionarios públicos en el ejercicio de funciones o con ocasión de éstas.
Sobre el particular, de primer orden, se debe tener presente que para el ejercicio de la función
consultiva, se han emitido una serie de lineamientos y criterios, según los cuales no compete a esta
Contraloría General resolver por vía de consulta los casos concretos que tiene bajo análisis la
Administración respectiva. De tal suerte que la función consultiva se circunscribe a la emisión de
criterios de carácter general sobre aspectos jurídicos y no sobre las gestiones específicas.
Así las cosas, será responsabilidad de esa Administración valorar la posición que a continuación se
desarrolla y resolver de la forma más ajustada a Derecho los asuntos que le sean sometidos para su
conocimiento.
I.- Motivo de la consulta
Señala el consultante que requiere la asesoría de la Contraloría General de la República en torno a
si es procedente que en temporadas navideñas u otras fechas especiales, las empleadas y empleados
públicos reciban regalos de clientes, usuarios, proveedores y otros, tales como botellas de licor,
canastas de frutas y arreglos florales, toda vez que existen normas jurídicas como la Ley y el
Reglamento contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública y la Ley y
Reglamento de Contratación administrativa que prohíben expresamente el recibir dádivas o regalías en
el ejercicio de las funciones o en ocasión de estas.
2
...
Fecha publicación: 05/03/2011
Fecha emisión: 02/03/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Deber de Probidad, Regimen de Donaciones y Obsequios